Trámites

Preámbulo

En esta página se resumen los trámites y normativa para los alumnos del Doctorado en Software, Sistemas y Computación, aprobada por la Comisión Académica del Programa:

El tercer ciclo de los estudios universitarios oficiales se desarrolla en el Real Decreto 99/2011 (y sus modificaciones) por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado. Por este motivo, la Universidad Politécnica de Madrid ha establecido una Normativa, que regula los estudios. En esta página se resumen los principales aspectos y los detalles específicos de los trámites para el Programa de Doctorado en Software, Sistemas y Computación.

Matriculación

Una vez que el estudiante ha sido admitido al Doctorado, deberá formalizar la matricula cada curso académico (tasa de tutela académica), según las Fechas establecidas.

Se puede realizar la matrícula online o en la Oficina de Postgrado de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Informáticos.

Para realizar la matrícula online hay que realizar una serie de pasos previos:

  1. En primer lugar, es necesario obtener las credenciales de acceso creando una cuenta de correo electrónico de la UPM (si ya se dispone de esta cuenta, se pueda pasar al segundo paso). La contraseña solicitada es el PIN universitario, que inicialmente está formado por los dos dígitos del día y los dos dígitos del mes de nacimiento. Una vez obtenida la nueva cuenta de correo, se deberá cambiar el PIN.
  2. A continuación, deberá solicitarse cita previa para poder formalizar la matrícula.
  3. Finalmente, se deberá acceder al sistema de Automatrícula donde se guiará al estudiante por los distintos pasos necesarios para matricularse de la tasa de "Tutela Académica" prestando atención de no matricularse de la defensa de la tesis ("Tesis Doctoral"). Dicha tasa de "Tutela Académica" debería aparecer automáticamente seleccionada en el apartado de datos económicos de la matrícula.

Se puede obtener más información sobre este proceso en la web de automatrícula de la Universidad.

Ante cualquier dificultad, duda o problema al realizar la matrícula, deberá contactarse con la Oficina de Postgrado.

Compromiso de Formación y Supervisión del Doctorando

Al empezar los estudios, antes del finalizar el primer curso, el estudiante deberá entregar el "Compromiso de Formación y Supervisión del Doctorando", debidamente firmado por el estudiante, su tutor en el Programa y su director de Tesis. Deberá entregarlo en papel, por duplicado, en la Secretaría administrativa del Programa (despacho 3344). Alternativamente, se puede enviar al correo del Programa un fichero PDF con las firmas electrónicas.

Normativa de permanencia en el Programa

En este apartado se resumen los aspectos fundamentales de la Normativa de Permanencia en Doctorado de la UPM, publicada en la sección de Normativa de Doctorado de la web de la UPM.

Para los que iniciaron sus estudios hasta el curso 2022/2023, el periodo ordinario de los estudios de Doctorado será de un máximo de tres años a tiempo completo o cinco a tiempo parcial, a contar desde la fecha efectiva del inicio de los estudios en el programa hasta la presentación de la Tesis Doctoral.

Para los que iniciaron sus estudios desde el curso 2023/2024, el periodo ordinario de los estudios de Doctorado será de un máximo de cuatro años a tiempo completo o siete a tiempo parcial, a contar desde la fecha efectiva del inicio de los estudios en el programa hasta la presentación de la Tesis Doctoral.

Para los estudiantes que hayan cursado parte del periodo ordinario del Doctorado a tiempo completo y parte a tiempo parcial, la duración de sus estudios tendrá una duración intermedia con respecto a los plazos indicados.

Transcurrido ese plazo sin haber depositado la Tesis, podrá autorizarse un periodo de prórroga de desarrollo de la Tesis. Los que iniciaron sus estudios hasta el curso 2022/2023 se les autorizará automáticamente un prórroga de un año (con dedicación a tiempo completo) o dos años (con dedicación a tiempo parcial) y, excepcionalmente, podrán solicitar posteriormente una prórroga adicional por un año más. Los que iniciaron sus estudios desde el curso 2023/2024 podrán solicitar una única prórroga por un año.

A los efectos del cálculo del plazo máximo de duración de los estudios de Doctorado, no computarán los periodos de baja temporal o cualquier otra causa prevista por la normativa de estudios de doctorado de la Universidad Politécnica de Madrid.

Régimen de dedicación

Con carácter general, la admisión y matrícula en el programa de Doctorado se formalizará a tiempo completo. Se podrán admitir a estudiantes en modalidad a tiempo parcial cuando concurran circunstancias de orden laboral o personal que así lo aconsejen y siempre que lo soliciten de manera justificada antes de la matriculación.

Una vez iniciados los estudios de Doctorado, los doctorandos podrán cambiar de régimen de dedicación una única vez. El cambio de régimen de dedicación deberá solicitarse de manera justificada durante el mes de junio y, en caso de ser concedido, tendrá efecto a partir del siguiente curso académico. Solo se podrá solicitar el cambio de régimen de dedicación con anterioridad al comienzo del último curso del periodo ordinario.

Para realizar la solicitud de inicio de los estudios a tiempo parcial o el cambio de dedicación, deberá enviarse a la CADSSC el documento de Solicitud de cambio de dedicación (adjuntando los justificantes documentales necesarios). Tras su valoración por la CADSSC y por el Comité de Dirección de la EID, se comunicará la decisión al solicitante en el plazo aproximado de dos meses y medio.

Prórroga

Si antes de la finalización del periodo ordinario, el doctorando no hubiera depositado la Tesis, podrá solicitar justificadamente una prórroga.

Para los que iniciaron sus estudios hasta el curso 2022/2023 se concederá automáticamente una prórroga que tendrá una duración de un año para los doctorandos a tiempo completo y de dos años para los doctorandos a tiempo parcial. Excepcionalmente, por motivos justificados, el doctorando podrá solicitar una prórroga por un año adicional, aportando una justificación detallada.

Para los que iniciaron sus estudios desde el curso 2023/2024, en caso de concederse, la prórroga tendrá una duración de un año.

Las prórrogas deberán solicitarse a través de la aplicación THESIS al Programa de Doctorado con una antelación mínima de cuatro meses antes de la fecha tope de fin de estudios, incluyendo una justificación razonada.

Tras la evaluación de las prórrogas por la CADSSC, el Comité de Área Doctoral notificará la resolución adoptada en un plazo aproximado de 3 meses.

Baja temporal

El doctorando podrá solicitar baja temporal en el programa de Doctorado en las siguientes situaciones:

  1. Baja temporal discrecional: por motivos laborales o personales.
  2. Baja temporal por causa sobrevenida: se consideran causas sobrevenidas las originadas por enfermedad, nacimiento o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente.

Baja discrecional

El doctorando podrá solicitar una única baja temporal discrecional por un periodo de un año natural y por causa justificada (motivos laborales o personales). A solicitud del doctorando, la baja podrá renovarse por un año adicional consecutivo al primero. No es posible estar de baja discrecional durante el primer curso en el Doctorado ni durante la prórroga.

Ninguna actividad desarrollada por el doctorando durante el periodo de baja temporal discrecional podrá ser tenida en cuenta como parte de su formación doctoral, ni ser incorporada al documento de actividades del doctorando.

Si finaliza la causa que motiva la baja, el estudiante podrá solicitar la reincorporación al Doctorado con anterioridad a la fecha de finalización de la baja. En este caso, no podrá optar a renovación de la baja concedida ni a solicitar una nueva en el futuro.

Para realizar la solicitud de baja temporal discrecional, deberá enviarse a la CADSSC el documento de Solicitud de Baja Discrecional (adjuntando la documentación justificativa necesaria) con una antelación mínima de 2 meses antes de la fecha prevista de comienzo de la baja.

Tras su evaluación por la CADSSC, el Comité de Dirección de la EID notificará la resolución adoptada en un plazo aproximado de dos meses y medio.

Para renovar la baja temporal discrecional, deberá enviarse a la CADSSC el documento de Renovación de Baja Discrecional (adjuntando la documentación justificativa necesaria) con una antelación mínima de 2 meses antes de finalizar la baja discrecional en vigor.

Tras su evaluación por la CADSSC, el Comité de Dirección de la EID notificará la resolución adoptada en un plazo aproximado de dos meses y medio.

Para reincorporarse anticipadamente de una baja temporal discrecional, deberá enviarse al Comité de Dirección de la EID (doctorado@upm.es) el documento de Reincorporación Anticipada de la Baja Discrecional (adjuntando la documentación justificativa) con una antelación mínima de 1 mes con respecto a la fecha de reincorporación solicitada.

Tras su evaluación, el Comité de Dirección de la EID notificará la resolución adoptada en un plazo aproximado de 5 semanas.

Una vez finalizado el periodo de baja temporal, el doctorando se deberá matricular del curso actual en el plazo máximo de 15 días (si no lo estaba ya).

Baja por causa sobrevenida

En cualquier momento del periodo de desarrollo de la Tesis, el doctorando podrá solicitar baja temporal por causa sobrevenida. La solicitud de baja temporal por causa sobrevenida deberá acreditarse documentalmente y presentarse dentro del plazo de 30 días a contar desde la fecha de inicio de la baja. En caso de autorizarse la baja temporal, su duración efectiva será la que conste en la documentación justificativa.

Las bajas por causas sobrevenidas deben solicitarse al Comité de Dirección de la EID (doctorado@upm.es) mediante el formulario de Solicitud de Baja Sobrevenida y adjuntando los justificantes documentales necesarios. La baja se acreditará mediante el parte de baja médica oficial o, en su defecto, mediante el correspondiente justificante médico oficial. En el caso de que la documentación acreditativa no indique la fecha de finalización de la baja, deberá indicar la fecha de la siguiente revisión y el parte de alta deberá presentarse ante el Comité de Dirección de la EID (doctorado@upm.es) en los 10 días siguientes a su expedición.

Tras su evaluación, el Comité de Dirección de la EID notificará la resolución adoptada en un plazo aproximado de 45 días, haciendo constar, en caso de concesión, la fecha de inicio y de finalización de la baja.

En el caso de prolongación de la causa que haya originado la baja sobrevenida, el doctorando deberá solicitar la renovación de la misma, presentando la documentación correspondiente y repitiendo este mismo procedimiento mediante el formulario de Solicitud de Baja Sobrevenida. La renovación deberá solicitarse en el plazo máximo de 30 días a contar desde la finalización del periodo de baja autorizada previamente y en el plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha del parte de alta médica, lo que ocurra primero.

Baja definitiva

El doctorando causará baja definitiva en el programa de Doctorado por cualquiera de las causas siguientes:

  1. No haber formalizado la matrícula en un curso académico en el periodo establecido por la Universidad, o que la matrícula haya sido anulada por falta del pago total o parcial de la tasa de tutela académica.
  2. No haber presentado el informe anual del Plan de Investigación en el periodo establecido, o haber obtenido dos evaluaciones negativas consecutivas de dicho informe.
  3. Haber agotado el plazo máximo de permanencia en estudios de Doctorado sin haber depositado la Tesis.
  4. Haber depositado la Tesis y no haber realizado la defensa de la misma en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de solicitud de depósito.
  5. Haber sido sancionado mediante expediente disciplinario con una resolución de desvinculación del Doctorado.
  6. Haber obtenido una calificación global de “no apto” en la defensa de la Tesis.
  7. Por solicitud del estudiante.
  8. Cualquier otra causa que establezca la normativa vigente.

Los doctorandos que hayan causado baja definitiva por alguna de las causas contempladas en los apartados a, b, c, d, g y h no podrán volver a incorporarse al mismo programa de Doctorado en los cinco años siguientes a la baja definitiva, pero sí podrán solicitar, por una única vez, la admisión a otro programa de Doctorado de la UPM. Los doctorandos que hayan causado baja definitiva por los motivos contemplados en los apartados e y f no podrán volver a incorporarse a ningún programa de Doctorado de la UPM.

Cambio de programa de Doctorado

El doctorando podrá solicitar cambio de programa de Doctorado para realizar una nueva Tesis, siempre que no haya causado baja definitiva por una razón que lo impida.

Los detalles de los procedimientos pueden consultarse en la Normativa de Permanencia en Doctorado de la UPM.

Director de la Tesis Doctoral

La CADSSC asignará al doctorando, en un plazo máximo de tres meses desde que se matricule, un director de Tesis. El director de Tesis será un doctor del PDI vinculado al Programa o un doctor externo, con experiencia investigadora acreditada, que cumpla los criterios del Programa de Doctorado y los establecidos por la Normativa de Doctorado de la UPM. El director de Tesis no tiene por qué coincidir con el tutor del doctorando.

Se requiere a los futuros alumnos, que contacten con los distintos profesores del Programa y con los grupos de investigación de la UPM asociados al Programa con el fin de centrar el tema sobre el que desean realizar su trabajo de investigación. Cuando, fruto de ese contacto, el alumno acuerde con un determinado profesor que sea su director de Tesis, deberá notificarlo al Programa de Doctorado.

Antes de transcurridos tres meses desde el inicio del curso, todos los estudiantes deberán tener un tema de investigación seleccionado con el fin de que la CADSSC pueda asignar los directores de la Tesis. En caso contrario, la CADSSC podrá asignar de oficio un director de Tesis al alumno.

Incorporación de Nuevos Investigadores como Directores de Tesis

Con carácter general, para la incorporación al programa de Doctorado de nuevos investigadores doctores como directores de Tesis se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • El investigador deberá tener experiencia investigadora acreditada, ya sea a través de tramos de investigación reconocidos (sexenio activo) o producción científica equivalente. Se considera que un sexenio está activo si se ha obtenido en los últimos seis años y también cuando se tienen al menos cinco sexenios.
  • En el caso de solicitudes de investigadores de una empresa o Administración Pública, se permitirá la incorporación de doctores que, aun no cumpliendo los requisitos del punto anterior, demuestren una larga trayectoria de investigación e innovación en el ámbito industrial o profesional.

El Doctor interesado en incorporarse como investigador en un programa de Doctorado presentará su solicitud de alta de investigador en el programa de Doctorado a través de la aplicación THESIS. Los investigadores ajenos a la UPM que no tengan acceso a dicha plataforma, deberán solicitar las credenciales de acceso enviando la Solicitud de acceso a THESIS para ser dado de alta como investigador en el programa de Doctorado. Una vez en el apartado 'Mis gestiones' de THESIS, al solicitar el alta en el programa de Doctorado (10E2 Doctorado en Software, Sistemas y Computación), le podrá ser requerido aportar la siguiente documentación:

  1. Un formulario relleno con un resumen de los méritos de investigación.
  2. Un curriculum vitae actualizado que refleje su producción científica, las Tesis doctorales dirigidas y la dirección de proyectos o contratos. Además, el registro ORCID del solicitante debe estar actualizado e incluir la información referida.
  3. Justificante de concesión del último tramo de actividad investigadora, en su caso.
  4. Autorización expresa para participar en el programa de Doctorado emitida por la autoridad responsable de la universidad u organismo de procedencia del solicitante (solo en el caso de que el solicitante no pertenezca a la UPM o a las entidades colaboradoras del Doctorado).

La CADSSC valorará la solicitud y emitirá un informe en el plazo máximo de dos meses y, seguidamente, tramitará la solicitud ante el Comité de Área Doctoral de la EID de la UPM. El Comité de Área Doctoral evaluará la solicitud y decidirá si procede su aprobación en el plazo máximo de dos meses, pudiendo solicitar los informes adicionales que considere oportunos.

Así mismo, un investigador que no esté dirigiendo ninguna Tesis podrá solicitar su baja voluntaria en el programa de Doctorado mediante la Solicitud de baja de investigador en el programa de Doctorado.

Codirección de la Tesis Doctoral

La Tesis podrá ser codirigida por otro doctor, con experiencia investigadora acreditada, cuando concurran razones de índole académico, como puede ser:

  1. La Tesis es interdisciplinar o intersectorial, pues precisa la aportación respectiva de los dos directores en distintos campos de conocimiento. El solicitante deberá justificar la aportación tanto del director inicial como del codirector propuesto.
  2. La Tesis es en cotutela o interinstitucional, pues los directores pertenecen a instituciones distintas. El solicitante deberá indicar el centro de cada director de Tesis y el marco de colaboración internacional o interinstitucional correspondiente.
  3. La Tesis aspira a la mención de Doctorado industrial.
  4. La Tesis permite la formación como director de Tesis de un director novel (que no ha participado en la dirección de Tesis con anterioridad), propiciada por la experiencia de dirección previa de un director veterano que haya dirigido tres o más Tesis. El solicitante deberá indicar la experiencia del director veterano.

La solicitud de codirección se realizará preferentemente durante el primer año de desarrollo de la Tesis o, en general, con anterioridad a la finalización del segundo año de la Tesis doctoral. Con carácter excepcional, la codirección podrá solicitarse en el tercer año de la Tesis, en cuyo caso la necesidad de codirección debe estar claramente justificada mediante producción científica conjunta (artículos, proyectos o patentes). En ningún caso se admitirán a trámite solicitudes de codirección durante el periodo de prórroga.

La Tesis no puede tener más de dos directores, sin perjuicio de la posible colaboración de otros profesionales en virtud de su relevante cualificación en el correspondiente ámbito de conocimiento.

En el caso de que se conceda la codirección de Tesis, el depósito de la Tesis no puede realizarse antes de pasados seis meses de la aprobación de la codirección.

El doctorando deberá realizar la solicitud de codirección a la CADSSC mediante la aplicación THESIS, justificando la contribución a la tesis de cada director, y deberá contar con la validación de ambos directores (si el nuevo director no pertenece ya al programa, tal como se explica en el apartado anterior, deberá solicitarse previamente el alta de investigador en el programa de Doctorado, para lo cual es necesario cumplir con las restricciones indicadas).

La CADSSC valorará la solicitud y emitirá un informe en el plazo máximo de dos meses y, seguidamente, tramitará la solicitud ante el Comité de Área Doctoral de la EID de la UPM. El Comité de Área Doctoral evaluará la solicitud y decidirá si procede su aprobación en el plazo máximo de dos meses, pudiendo solicitar los informes adicionales que considere oportunos.

La autorización de codirección de Tesis podrá ser revocada con posterioridad por el Comité del Área Doctoral si se estima que la codirección no beneficia el desarrollo de la Tesis. Un codirector también podrá darse de baja voluntariamente de manera justificada.

Cambios de director de la Tesis Doctoral

Si el doctorando desea cambiar de director de Tesis Doctoral, deberá realizar la solicitud a la CADSSC mediante el documento de Cambio de director de la Tesis. El cambio se debe solicitar antes del depósito de la Tesis Doctoral.

La Escuela de Doctorado de la UPM podrá solicitar los informes adicionales que considere oportunos y responderá a dicha solicitud en un plazo aproximado de 2 meses.

Cotutela de la Tesis Doctoral

La Universidad Politécnica de Madrid tiene entre sus objetivos el fomento y desarrollo de la cooperación científica con otras instituciones extranjeras, que puede propiciarse con la realización de cotutelas internacionales de Tesis Doctorales. Estas cotutelas favorecen la movilidad de los doctorandos y ayudan a fortalecer los vínculos de colaboración entre los grupos, centros e institutos de investigación de la UPM y grupos de otras universidades extranjeras.

Cada cotutela de Tesis se desarrollará en el marco de una colaboración entre la UPM y otra Universidad, según un convenio marco o un convenio de cotutela entre ambas Universidades.

Se deberá realizar la Solicitud de Tesis en Cotutela a la CADSSC firmado por el doctorando y su director, adjuntando la documentación acreditativa de la colaboración. Una vez informado favorablemente, se remitirá para su autorización por la Escuela Internacional de Doctorado de la UPM.

Los requisitos de admisión a los estudios de Doctorado serán los que se exijan en cada Universidad. El doctorando se matriculará en las dos Universidades, aunque sólo abonará los derechos de matrícula en una de ellas, estando exenta en la otra, debiéndose recoger en el convenio en qué universidad paga y cuál dispensa de pago.

El doctorando ha de realizar sus actividades de investigación en las dos universidades entre las que se establece el convenio de cotutela, permaneciendo en cada una de ellas durante al menos seis meses, bien en un solo período o en varios, especificándose las estancias y las actividades en el convenio que se firme.

La Tesis será objeto de una única defensa en una de las dos universidades, aspecto que tras el acuerdo de las universidades participantes se especificará en el convenio.

El tribunal de evaluación de la Tesis será designado de común acuerdo entre las dos universidades, y su composición respetará en la medida de lo posible los criterios de las normativas de las dos instituciones. Podrá formar parte del tribunal como máximo un doctor de cada universidad firmante del convenio.

En virtud del convenio, cada institución reconocerá la validez de la Tesis Doctoral. La calificación que se otorgue a la Tesis será emitida de acuerdo con el sistema establecido en el país en que se produzca la defensa. Además, el tribunal hará constar también la calificación otorgada conforme al sistema vigente en el país de la otra universidad. El título español de Doctor incluirá en su anverso la mención "Tesis en régimen de cotutela".

El archivo y la difusión de la Tesis se llevará a cabo en las dos universidades, conforme a los procedimientos específicos de cada una.

Está disponible la normativa de cotutelas, y modelos de convenios y solicitudes en la web de la UPM.

Movilidad

El programa de Doctorado impulsa la movilidad de los estudiantes para realizar estancias en otros centros nacionales o internacionales de prestigio donde se pueda realizar parte de los trabajos de investigación de la Tesis.

Las estancias realizadas deberán quedar recogidas en el Documento de Actividades del doctorando, para lo cual es necesario realizar previamente la Solicitud de Movilidad a la Comisión del Programa. Se ruega la máxima colaboración en la cumplimentación de esta solicitud dado que la información reflejada en ella es, además, necesaria para el seguimiento y eventual evaluación del Programa de Doctorado por parte de las Agencias de Evaluación de Calidad.

Por otro lado, se recuerda que la duración mínima de la estancia en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, fuera de España, para poder optar a la Mención Internacional, es de tres meses.

Prácticas en empresa

Aunque la legislación permite las prácticas académicas externas, la formación de los doctorandos no precisa en general de estas actividades, ni existen créditos con que reconocerlas. No obstante, en ocasiones, tanto la Tesis del doctorando como la empresa pueden salir beneficiadas de esta colaboración. Por tanto, se establecen las siguientes modalidades:

  • Si la actividad no tiene una relación directa con la Tesis, la empresa y el doctorando pueden llegar a acuerdos al margen de la Universidad. En todo caso, el doctorando deberá disponer de la autorización escrita del tutor y director y de la CADSSC para garantizar que la Tesis no se vea perjudicada por esas prácticas en empresa.
  • Si la actividad a realizar es de investigación y está directamente relacionada con la Tesis, el doctorando podrá solicitar a la CADSSC su inclusión como parte de las actividades formativas específicas del alumno. Para ello debe establecerse un Convenio de Cooperación Educativa, que gestionaría el COIE de la UPM. Las prácticas deben estar remuneradas, el doctorando será incluido en el Régimen General de la Seguridad Social y dispondrá de un seguro de movilidad nacional o internacional, según el caso. En el Convenio se indicará que las prácticas externas son de carácter formativo, estarán ajustadas a la preparación y competencias del estudiante, y su contenido no podrá dar lugar, en ningún caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. El calendario y horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con sus características y las disponibilidades de la entidad colaboradora, y se procurará que sean compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la Universidad.
  • En el supuesto de que la empresa desee mantener una colaboración formativa con la Universidad prolongada en el tiempo, la empresa podrá subscribir con la UPM un Convenio de Cátedra o Aula de empresa (gestionado por el COIE) o un Doctorado industrial (gestionado por el Vicerrectorado de Doctorado).

En todos los convenios de prácticas debe recogerse la duración de las mismas, las horas de trabajo requeridas y la vinculación con la Tesis. Asimismo, el convenio deberá establecer que la distribución de la titularidad de los resultados derivados de los trabajos de la Tesis susceptibles de protección mediante patentes, registros de software u otros títulos de propiedad intelectual e industrial, se determinará en función de la naturaleza de los trabajos, del porcentaje de financiación del doctorando por parte de la empresa y de la Universidad, de los contratos previamente suscritos y de la participación de investigadores de ambas partes en los resultados.

Título de la Tesis

Los doctorandos deberán establecer el título de la Tesis antes del final del primer curso, y, en cualquier caso, antes de realizar el Plan de Investigación. Para establecer el título inicial, o si se desea modificar el título ya establecido, habrá que realizar la solicitud mediante la aplicación THESIS y obtener la autorización de los directores.

Plan de Investigación

Al finalizar cada curso académico, y una vez establecido el título de la Tesis, el doctorando elaborará un Plan de Investigación que detalle la marcha del desarrollo de la Tesis Doctoral y de los resultados más significativos que se hayan producido hasta el momento y que incluirá, al menos, el trabajo realizado durante el último año, la metodología que se va a utilizar y los objetivos que se pretenden alcanzar, junto con los medios y la planificación temporal para lograrlo. Además, se deberá incluir también un plan de formación personal, que contendrá una previsión de las distintas acciones formativas que se desarrollarán durante la Tesis. El Plan de Investigación se irá mejorando, actualizando y detallando en los años sucesivos y es imprescindible para poder continuar los estudios en el Programa.

Será responsabilidad del doctorando y del director o directores de la Tesis completar en plazo el Plan de Investigación anual, cuya realización y presentación se hace a través del sistema THESIS. La fecha de entrega del Plan de Investigación los establecerá cada curso la Comisión de Doctorado de la UPM. Este informe solamente podrá ser presentado si el estudiante ha pagado las tasas de tutela académica del curso correspondiente.

Anualmente, la CADSSC evaluará el Plan de Investigación de cada doctorando, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir los directores de la Tesis. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa.

En caso de evaluación negativa, que será debidamente justificada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de Investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa o si no se ha entregado el Plan de Investigación, el doctorando causará automáticamente baja definitiva en el programa.

Mención internacional en el título de Doctor

El título de Doctor podrá incluir en su anverso la mención "Doctorado Internacional" (Formulario de Solicitud de Mención Internacional), siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que, durante el periodo necesario para la obtención del título de doctor, el doctorando haya realizado una o varias estancias durante, al menos, tres meses fuera de España en una o varias instituciones de enseñanza superior o centros de investigación de prestigio, con el objeto de complementar y reforzar su formación investigadora; en caso de realizar varias estancias, al menos una de ellas tendrá una duración mínima de un mes. La movilidad (estancia y actividades) ha de solicitarse y ser avalada por el director de la Tesis y autorizada por la CADSSC previamente a la realización de la estancia, y, una vez realizadas y validadas por la entidad de acogida, se incorporarán al documento de actividades del doctorando. El doctorando deberá disponer de una certificación original expedida por la institución de enseñanza superior o centro de investigación donde se haya realizado la estancia. En dicha certificación deberán constar las fechas de inicio y finalización de la estancia, así como el Director del grupo de investigación en el que ha colaborado.
  2. Que parte de la Tesis Doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea defendida en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su ámbito de estudio, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
  3. Que la Tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores (Informe de la Tesis por expertos) que pertenezcan a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no español. Dichas personas expertas no podrán coincidir con los investigadores que recibieron al doctorando y realizaron tareas de tutoría o dirección de trabajos en la entidad de acogida. Deberán entregarse los dos informes originales de los expertos acompañados de un breve Curriculum Vitae de cada uno de ellos.
  4. Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no español, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado 1 haya formado parte del Tribunal evaluador de la Tesis.

La defensa de la Tesis ha de ser efectuada en la Universidad Politécnica de Madrid.

La Universidad entregará un documento donde haga constar la mención de "Doctorado Internacional". Además, el título de Doctor incluirá en su anverso la mención "Doctorado Internacional".

Mención industrial en el título de Doctor

El título de Doctor podrá incluir en su anverso la mención "Doctorado Industrial", siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que la Tesis haya desarrollado un proyecto de investigación de interés industrial, comercial, social o cultural de una entidad, empresa pública o privada o administración pública (en adelante, Entidad), que no podrá ser una universidad. La relación directa entre la Tesis y la labor desarrollada por el doctorando en la entidad deberá formalizarse en una memoria científico-técnica que deberá ser aprobada por la UPM.
  2. Que se haya suscrito un convenio entre la entidad y la UPM para el desarrollo académico de la tesis, que establecerá, como mínimo, las obligaciones de las partes y los derechos de propiedad industrial que se puedan generar.
  3. Que el doctorando haya estado contratado por la entidad donde desarrolle el proyecto de investigación al menos 3 años en caso de estudios a tiempo completo y 5 si es a tiempo parcial, siendo necesario que una parte sustancial de la Tesis se desarrolle en la entidad.

Para obtener esta mención de "Doctorado Industrial" será necesario realizar los siguientes trámites adicionales:

  1. Antes de transcurridos tres meses de los estudios del doctorando en el programa, deberá solicitarse a la CADSSC la realización del Doctorado Industrial (Formulario de Solicitud de Doctorado Industrial). El doctorando deberá comunicar en dicho documento la persona responsable en la Entidad, que podrá ser también director de la tesis, pero en ningún caso podrá formar parte del tribunal. Esta persona deberá ser designada durante el primer trimestre del trabajo de Tesis y será la encargada de la comunicación entre la CADSSC y la Entidad. Posteriormente, podrá ser sustituida por otra, si las circunstancias lo exigen (cambio de responsabilidad, jubilación, cambio de sede, etc.).
  2. El Plan de Investigación presentado en el primer año de Tesis debe reflejar claramente el carácter industrial de dicha Tesis y debe haber sido aprobado por la CADSSC.
  3. En caso de que el trabajo de Tesis sea fruto de un trabajo de investigación conjunto entre la Universidad y la Entidad, deberá existir un acuerdo marco y otro específico entre ambas partes, que proporcionará el Vicerrectorado de la UPM con competencias en Doctorado.
  4. Al terminar el periodo de investigación y conjuntamente con la solicitud de la Evaluación previa a la defensa, para que se pueda aprobar la propuesta, el doctorando deberá enviar la solicitud de Mención "Doctorado Industrial" a la CADSSC, adjuntando:
    • Una memoria donde se demuestre que la Tesis está vinculada a un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental de la Entidad.
    • Copia del contrato laboral que firmó con la Entidad para demostrar su vinculación contractual durante el desarrollo de la Tesis. La duración de este contrato deberá ser de al menos tres años si la Tesis es a tiempo completo y 5 si es a tiempo parcial, que debe estar comprendido dentro del período de elaboración de la Tesis. Si la Tesis se realizase en un tiempo menor, el contrato deberá abarcar al menos el período completo de realización de la misma.
    • Copia del convenio entre la Universidad y la Entidad.

La defensa de la Tesis ha de ser efectuada en la Universidad Politécnica de Madrid.

Mención de cotutela en el título de Doctor

En aras de impulsar y facilitar la internacionalización, el título de Doctor podrá incluir en su anverso la diligencia "Tesis en régimen de cotutela", siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que la Tesis doctoral esté supervisada por Doctores de dos universidades, de las cuales una deberá ser la UPM y la otra extranjera, habiendo formalizado un convenio de cotutela.
  2. Que, por su trabajo de Tesis doctoral, el doctorando obtenga dos títulos, uno por cada una de las instituciones de educación superior responsables del desarrollo de la Tesis.
  3. Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de seis meses en cada una de las instituciones con las que se establece el convenio de cotutela, realizando trabajos de investigación, bien en un solo período o en varios. Las estancias y las actividades serán reflejadas en el convenio de cotutela.
  4. Las Tesis en cotutela podrán igualmente dar lugar a inclusión de la mención de Doctorado Internacional en el título de Doctor si se realizan estancias en instituciones diferentes de las propias del convenio formalizado.

Premios extraordinarios de Doctorado

Pueden concurrir a estos premios quienes, habiendo defendido su Tesis en el curso académico anterior, hayan obtenido la mención "cum laude".

Para ello, los interesados dirigirán las solicitudes al Director de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Informáticos, presentándolas en el registro general de la UPM en el plazo establecido por la Comisión de Doctorado de la UPM.

A la vista de las solicitudes recibidas, la Escuela formulará una propuesta motivada de concesión de premios, previa solicitud de informe a las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado. Dicha propuesta será elevada a la Comisión de Doctorado de la UPM antes de la fecha que establezca dicha Comisión.

Finalmente, la Comisión de Doctorado de la UPM otorgará los premios extraordinarios de Doctorado, que serán todos de igual nivel.

Cómputo de plazos

Salvo que se indique lo contrario, para el cálculo de los plazos indicados se computarán como días naturales, excluyendo el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de agosto y otros periodos vacacionales.